Este Sacramento es la base fundamental de nuestra relación con Dios y con la Iglesia. El Bautismo nos hace hijos de Dios, hermanos de Jesucristo, miembros de la Iglesia y herederos de la vida eterna.
Los padres de familia tienen la responsabilidad de formar a sus hijos en la fe. Los padrinos ayudan a esta misión. La preparación tiene por objeto ayudar a los padres y padrinos.
Requisitos para bautizar en nuestra parroquia:
Requisitos para ser padrinos
Los padrinos tienen una responsabilidad muy importante, ya que ellos representan a la Iglesia para ayudar a los padres en la educación de la Fe de sus hijos.
El sacramento de la Confirmación es uno de los tres sacramentos de iniciación cristiana. La misma palabra, Confirmación que significa afirmar o consolidar, nos dice mucho.
En este sacramento se fortalece y se completa la obra del Bautismo. Por este sacramento, el bautizado se fortalece con el don del Espíritu Santo. Se logra un arraigo más profundo a la filiación divina, se une más íntimamente con la Iglesia, fortaleciéndose para ser testigo de Jesucristo, de palabra y obra. Por él es capaz de defender su fe y de transmitirla. A partir de la Confirmación nos convertimos en cristianos maduros y podremos llevar una vida cristiana más perfecta, más activa. Es el sacramento de la madurez cristiana y que nos hace capaces de ser testigos de Cristo.
El día de la primera comunión, es un día muy especial y enormemente deseado pues se recibe en el corazón por vez primera a Dios. Y esto, sencillamente, es suficiente para semejante alegría.
El matrimonio es una sabia institución del Creador para realizar su designio de amor en la humanidad.
El matrimonio se define como la alianza por la cual, - el hombre y la mujer - se unen libremente para toda la vida con el fin de ayudarse mutuamente, procrear y educar a los hijos. Esta unión - basada en el amor – que implica un consentimiento interior y exterior, estando bendecida por Dios, al ser sacramental hace que el vínculo conyugal sea para toda la vida. Nadie puede romper este vínculo. (Cfr. CIC can. 1055).